El derecho humano a la paz

17 de febrero de 2008
El derecho humano a la paz

Los tiempos de graves crisis internacionales obligan a reflexionar cr?ticamente sobre el estado de la sociedad internacional. La crisis mundial desatada el 21 de septiembre de 2001 por los grav?simos atentados terroristas contra los s?mbolos de los poderes econ?mico, militar y pol?tico de los Estados Unidos y la consiguiente reacci?n de la Administraci?n republicana de ese pa?s y sus aliados, conocida en t?rminos medi?ticos como "guerra contra el terror" -muy desafortunados desde el punto de vista jur?dico-, han producido cinco consecuencias mayores:

La primera, el repliegue de la gran potencia a posiciones unilaterales en las relaciones internacionales, interpretando a su antojo el Art?culo 51 de la Carta de las Naciones Unidas en un vano intento de justificar como autodefensa lo que en realidad son guerras de agresi?n declaradas unilateralmente, sin la preceptiva autorizaci?n del Consejo de Seguridad.

La segunda, el mayor retroceso producido desde 1945 en los est?ndares de protecci?n de los derechos humanos internacionalmente reconocidos, en particular los relativos al derecho a la vida, integridad f?sica y mental o moral, libertad y seguridad personales.

La tercera, el rearme, la carrera de armamentos, la proliferaci?n nuclear, as? como los m?ltiples conflictos armados y atentados terroristas atribuidos a la red de Al Qaeda.

La cuarta, el empobrecimiento del Tercer y Cuarto Mundo en paralelo a la consolidaci?n de la mundializaci?n econ?mica y financiera de corte neoliberal e inspirada por el "Consenso de Washington". Nos alejamos inexorablemente de los objetivos de desarrollo del Milenio, que hab?an sido solemnemente proclamados por las Cumbres de Jefes de Estado reunidas en Nueva York en 2000 y en 2005.

Y la quinta, el estancamiento -por falta de voluntad pol?tica de los Estados- en el proceso de consolidaci?n y aplicaci?n jur?dica de los "derechos de la solidaridad", de los que son titulares tanto los individuos como los pueblos. Entre ellos destaca el derecho humano a la paz.

Construir entre todos una paz justa, sostenible y duradera: ?sa es la exigencia ?tica que debiera presidir las relaciones internacionales. La Asociaci?n Espa?ola para el Desarrollo y la Aplicaci?n del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (AEDIDH) se hizo eco del amplio clamor de la sociedad civil internacional a favor de la paz. Consciente de la persistente laguna jur?dico-internacional en la materia, se ha propuesto conducir una reflexi?n mundial sobre el derecho humano a la paz con el objetivo de que en su d?a la Asamblea General de las Naciones Unidas proclame una declaraci?n universal que regule ese derecho emergente.

A esos efectos, la AEDIDH organiz? en Espa?a (2005-2006) reuniones regionales de expertos sobre el derecho humano a la paz, que propiciaron el inicio de la codificaci?n privada de un proyecto de declaraci?n sobre esa materia, realizada por especialistas en DIDH en estrecha colaboraci?n con expertos de la sociedad civil procedentes de otras disciplinas. El resultado de esas amplias consultas cristaliz? en la Declaraci?n de Luarca (Asturias) sobre el Derecho Humano la Paz, aprobada el 30 de octubre de 2006. El texto completo en cuatro idiomas se puede consultar en www.aedidh.org

La Declaraci?n de Luarca representa el sentir genuino de la sociedad y los pueblos de Espa?a a la hora de establecer las bases de una nueva sociedad inspirada en el valor universal de la paz. Apoyada en esta legitimidad, la AEDIDH ofrece la Declaraci?n de Luarca a la sociedad civil internacional en su conjunto. Para ello conduce desde 2007 un proceso bianual de consultas regionales internacionales que incluye a especialistas de la sociedad civil pertenecientes a las cinco regiones del mundo. Tales consultas est?n generando importantes aportaciones regionales que enriquecer?n sin lugar a dudas el texto original de Luarca.

En 2009 la AEDIDH culminar? las consultas internacionales con la celebraci?n de una gran Conferencia mundial de ONG sobre esta materia en Ginebra. A continuaci?n, presentar? el texto finalmente codificado como proyecto de declaraci?n universal del derecho humano a la paz ante los ?rganos competentes de derechos humanos de las Naciones Unidas, inst?ndoles a iniciar la codificaci?n oficial de este trascendental derecho.

Somos conscientes de que la decisi?n final en el ?mbito de la codificaci?n oficial corresponder? a los Estados Miembros de las Naciones Unidas, pero defenderemos con ilusi?n y empe?o ante los ?rganos codificadores de las Naciones Unidas el proyecto emanado de la sociedad civil internacional, porque estamos convencidos de que la voluntad de los pueblos en conseguir una paz justa, sostenible y duradera, acabar? prevaleciendo m?s pronto que tarde en las relaciones internacionales.

Carlos Vill?n Dur?n
Presidente AEDIDH

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